Presentación
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Transferencia de tecnología
El objetivo de la transferencia de tecnología es el desarrollo y el crecimiento de los diversos sectores de la sociedad, mediante el acceso al conocimiento y experiencia de los grupos de investigación y a las innovaciones tecnológicas. La transferencia no sólo se manifiesta por la compra de equipos, sino también por la adquisición de nuevas tecnologías o la formación de técnicos
Se encuentra una clara referencia a la transferencia de tecnología en el artículo 4.5 de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (1992). Se prevé que los países desarrollados “tomarán todas las medidas posibles para promover, facilitar y financiar, según proceda, la transferencia de tecnologías y conocimientos prácticos ambientalmente sanos, o el acceso a ellos, a otras Partes, especialmente las Partes que son países en desarrollo, a fin de que puedan aplicar las disposiciones de la Convención.
En este proceso, las Partes que son países desarrollados apoyarán el desarrollo y el mejoramiento de las capacidades y tecnologías endógenas de las Partes que son países en desarrollo. Otras Partes y organizaciones que estén en condiciones de hacerlo podrán también contribuir a facilitar la transferencia de dichas tecnologías.” El proceso de transferencia se estructura con 3 actores: El demandante, que en este caso serían las empresas de servicios y empresas públicas y privadas que generan gases de efecto invernadero; el oferente, que necesariamente es quien genera ciencia y tecnología (universidades, escuelas politécnicas e institutos públicos y privados de investigación y desarrollo con especialidad en alternativas tecnológicas para la disminución de los gases de efecto invernadero, así como en la gestión de la eficiencia energética); un organismo que coadyuve a una coordinación estable y fuerte para el manejo de la asistencia técnica financiera (éste debe contar con apoyo político y normativo). Se hace necesaria una estrategia política global para generar beneficios reales y toda la estructura debe estar sustentada en el concepto de desarrollo sostenible.
El Protocolo de Montreal (1985) es el texto que establece las bases para la transferencia financiera y el acceso a la tecnología, teniendo en cuenta el programa y la política nacional del Comité Nacional sobre el Clima.
El otro convenio importante en la materia es el Convenio de Río sobre la Diversidad Biológica (CDB, 1992). En su artículo 16 reafirma aspectos propios del tema de la transferencia de tecnología. En este sentido, se insiste en que el tema de la tecnología incluye también a la biotecnología. Entre las partes signatarias, tanto el acceso como la transferencia son de importancia para lograr los objetivos que propone el CDB. Lo importante es que los Estados parte deben asegurarse y facilitarse mutuamente el acceso a las tecnologías que sean necesarias para la conservación y utilización de la diversidad biológica y que el uso de los recursos genéticos no cause daños al ambiente.
Se insiste en el hecho de que “El acceso de los países en desarrollo a la tecnología y la transferencia de tecnología a esos países […] se asegurará y/o facilitará en condiciones justas y en los términos más favorables, incluidas las condiciones preferenciales y concesionarias que se establezcan de común acuerdo” (art. 16.2). También, se busca conciliar la transferencia de tecnología con los derechos de propiedad intelectual. En efecto, se agrega que en “el caso de tecnología sujeta a patentes y otros derechos de propiedad intelectual, el acceso a esa tecnología y su transferencia se asegurarán en condiciones que tengan en cuenta la protección adecuada y eficaz de los derechos de propiedad intelectual y sean compatibles con ella” (art. 16.2). Evidentemente, se trata de una tentativa de articulación que expresa el deseo de que los derechos que se originan, por ejemplo, en una patente, no sean un obstaculo al acceso al conocimiento y a la tecnología.
Bibliografía sugerida: JEHL, J. (1985), Le commerce international de la technologie, Approche juridique, Paris, éd. Litec; JUDET, P., KAHN, PH., KISS, A.-CH., TOUSCOZ, J. (dir.) (1977), Transfert de technologie et développement, Travaux du Centre de recherche sur le droit des marchés et des investissements internationaux (CREDIMI), Paris, éd. Litec.
RAFAEL GONZÁLEZ BALLAR
Véase también: – Biodiversidad – Bioprospección – Desarrollo sostenible.