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Principio de no regresión

La no regresión, considerada como un principio del Derecho Ambiental, es concebida como una guía de interpretación que prohibe, con la fuerza vinculante de un principio jurídico, todas aquellas aplicaciones o decisiones que pretendan, directa o indirectamente, retrotraer el nivel de protección otorgado a un recurso natural a un nivel inferior (cuantitativa o cualitativamente). En cierta medida, este principio tiene como fin tener por adquiridos los progresos realizados en materia de defensa y de preservación del ambiente, desde una óptica de transmisión a las generaciones futuras.



No obstante, se trata de un principio jurídico en construcción. No existe aun una expresión normativa directa y aparece tímidamente enunciado en los párrafos 20 y 26 de la Declaración de Río+20, adoptada en 2012 (“…es esencial que no demos marcha atrás a nuestro compromiso con los resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarollo […] Se insta encarecidamente a los Estados a que se abstengan de promulgar y aplicar medidas económicas, financieras o comerciales unilaterales que no se ajustes al Derecho Internacional o a la Carta de las Naciones Unidas y que impidan la realización plena del desarrollo económico y social, especialmente en los países en desarrollo”)..

Quienes apoyan este principio consideran importante que el nivel de protección alcanzado en materia ambiental se respete y, mejor aun, que aumente. Pero la principal obligación ligada a su aplicación es la de no retroceder, la de no afectar las bases y las normas de protección del ambiente ya adquiridas, de no derogar o modificar las legislaciones existentes en la medida en que esto implique la reducción o que afecte negativamente el nivel actual de protección.




Si esta idea prosperace en el Derecho, podría tener fuertes implicaciones con relación a la seguridad alimentaria: la producción agrícola y alimentaria depende en primer lugar de la tierra y de los recursos. Por un lado, la preservación creciente y sin regresión de los recursos naturales permite garantizar la seguridad alimentaria a largo plazo. Por el otro, esta preservación creciente y sin regresión conducirá a frenar el productivismo en la agricultura y, en consecuencia, a modificar las vías por las cuales la seguridad alimentaria se garantiza en la actualidad.




Bibligrafía sugerida:  PRIEUR, M., SOZZO, G. (dir.) (2012), La non-régression en droit de l’environnement, Bruxelles, éd. Bruylant.

RAFAEL GONZÁLEZ BALLAR

Véase también:Recursos naturales.