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Dominium

El dominium tiene tres significados. En primer lugar, se refiere al ámbito en el que un dominus, un poseedor, un propietario, ejerce sus prerrogativas. Se trata entonces, de una “propiedad” en el sentido jurídico del término. En un principio, la palabra dominus (derivada de domus, la casa) designaba al amo de la casa y es, por extensión, que el término designa todo aquello sobre lo que el amo puede ejercer su poder, es decir una “propiedad” en el sentido más amplio.



La noción de dominium fue dividida en dos en la época feudal: El dominium directum, o domino directo, que permitía al detentor el control de la propiedad, pero no le concedía la facultad de explotar los recursos. Estos últimos dependían del dominium utile, que permitía al tenedor su explotación. Actualmente, el Derecho Civil francés solo conoce una única forma de propiedad, que es la propiedad plena. Pero también se admite la distinción entre el “nudo propietario”, que es quien posee el derecho de disponer del bien y el «usufructuario”, que es quien goza del bien sin poder disponer de él. Existe también la copropiedad, que es una propiedad compartida entre varios y que los angloamericanos denominan “condominium”.

En segundo lugar, por extensión, el dominus es también quién, en su calidad de amo o dueño de la casa, designa al anfitrión que recibe a sus amigos; de aquí la segunda acepción del término dominium, como “la comida, el festín”.

Por ultimo, sin duda bajo la influencia del griego δεσποτησ, que evoca “al tirano, al déspota” y, de manera más amplia, “al amo del pueblo”, el dominus designa “al señor”. El dominium tiene entonces el sentido de “los amos, los tiranos, las dominaciones”.

Bibliografía sugerida:  GAFFIOT, F. (1934), Dictionnaire illustré Latin-Français, Paris, éd. Hachette.

DOMINIQUE GAURIER

Véase también:Acaparamiento de tierrasReforma agraria.