Presentación
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Certificación
La certificación es el procedimiento mediante el cual, en materia agrícola y agroalimentaria, se garantiza la conformidad de un producto o de una explotación, con un referente previamente establecido. Puede ser obligatorio en algunos casos en que la calidad garantizada del producto debe ser intrínseca a este (por ejemplo, el caso del “marcado CE”, que es una condición para la comercialización de los juguetes en el mercado europeo), pero también puede ser puramente facultativo (ejemplos: “Fairtrade Max Havelaar” o el certificado de agricultura ecológica u orgánica). En todos los casos, el certificado emitido después de los procedimientos de control se utiliza para demostrar el cumplimiento del referente por parte del operador que es objeto de certificación. El proceso de certificación tienen diferentes objetivos en función de su forma y de su contenido. Además del interés probatorio, también puede ser una forma de darle valor a su producto o a su empresa en el mercado, en relación con otros productos similares.
En el sector agroalimentario, la certificación puede tomar varias formas (certificación de conformidad derivada del Derecho francés, etiquetas, marcas de certificación) y puede basarse en decenas de referentes. Puede ayudar a probar que las empresas agroalimentarias cumplen con diferentes normas en materia de seguridad sanitaria (norma ISO 22000, HACCP, IFS Food, BRC, CSA/GTP, etc.) o inscribirse en procesos de aseguramiento de la calidad (organoléptica, ambiental, de origen o “natural”) de los productos agroalimentarios o de las explotaciones. De esta manera, las marcas de certificación como “certifié Agriculture biologique” (certificado Agricultura Orgánica), que garantiza un uso limitado de productos fitosanitarios en la elaboración del producto, así como marcas del tipo “Bioéquitable”, “Rainforest Alliance” o “Marine Stewardship Council – Pesca sostenible”, que están regidas por el Derecho de Marcas, son relativamente numerosas y garantizan calidades muy diversas. Asimismo, los signos de calidad tales como la Indicación Geográfica Protegida (IGP), la Especialidad Tradicional Garantizada, el Label Rouge francés y ciertas denominaciones de origen protegidas, también están sujetos a la certificación que garantiza el cumplimiento del pliego de condiciones que se encuentra asociado a cada producto. Finalmente, el certificado de conformidad de producto (CCP), en el Derecho francés, no sólo garantiza que el producto cumple con los requisitos establecidos por el Estado, sino que también respeta al menos dos recomendaciones sobre la presentación al consumidor de características certificadas del producto (art. R. 641-58 del Código Rural). Estas “características certificadas” pueden referirse a la composición del producto, a sus características o a su proceso de elaboración. Por ejemplo, los caracoles preparados de Borgoña son objeto de una CCP que garantiza que los caracoles son “salvajes y recogidos en espacios naturales y controlados”, que son “preparados con mantequilla AOC Poitou-Charentes fresca” y que existe una “trazabilidad desde la zona de colecta hasta el consumidor”. La obtención de un certificado le permite a la empresa que es objeto de esta certificación, colocar el logotipo “CQ produit certifié” («producto certificado control de calidad”) en el producto, lo que le permite diferenciarse de otros productos similares.
Cualquiera que sea el medio utilizado, la certificación siempre debe cumplir con las normas generales a las que está sometida. Un operador que desee certificar una calidad deberá solicitar los servicios de un organismo certificador, que controlará el cumplimiento del referente por parte del operador. El organismo de control también debe garantizar su independencia e imparcialidad, siendo objeto de una acreditación (en el sector agroalimentario, la acreditación se realiza a menudo sobre la base de la norma EN 45011-ISO/IEC Guía 65) y, en algunos casos, de una aprobación.
En Francia, la acreditación es expedida por el Comité Francés de Acreditación (COFRAC). Para que la certificación sea reconocida en el territorio de la Unión Europea y a nivel internacional es necesario que el organismo de acreditación participe de acuerdos de reconocimiento mutuo. La asociación European co-operation for accreditation (EA) ha establecido un multilateral agreement (MLA) que concede el mismo valor a todas las acreditaciones otorgadas por los Estados firmantes de dicho acuerdo. Por lo tanto, todas las certificaciones otorgadas por un organismo (certificador) que ha sido acreditado por una organización miembro de la EA, serán reconocidas en todos los Estados adherentes a la International laboratory accreditation (ILAC) o a la International accreditation forum (IAF), asociaciones que igualmente han reconocido el MLA.
El referente puede ser emitido tanto por una autoridad pública, como por un operador privado. En Francia, la certificación de “Haute valeur environnementale” (“Alto valor ambiental») que garantiza, por ejemplo, que la explotación que utiliza este término cumple con ciertas normas para reducir el impacto de su actividad sobre el ambiente, es un procedimiento iniciado por las autoridades públicas: el organismo certificador debe obtener, además de la acreditación del COFRAC, la aprobación de la Comisión Nacional de Certificación Ambiental, y el referente que sirve de base para el control es establecido por medio de una orden (“arrêté”) del Ministerio de Agricultura. Del mismo modo, para la certificación europea de «agricultura ecológica», el organismo de certificación también debe ser aprobado por las autoridades públicas (en Francia, por el Institut national de l’origine et de la qualité) y debe controlar el cumplimiento de las disposiciones del Reglamento nº 834/2007.
Esta marca de certificación es propiedad de un organismo público. Al lado de estos procedimientos, existen otros de naturaleza privada, tal como la marca de certificación “Fairtrade Max Havelaar”, que garantiza que los productos que llevan este signo se ajustan al pliego de condiciones donde se establecen normas del comercio justo. Este pliego de condiciones ha sido definido por la asociación Max Havelaar en conjunto con un organismo de certificación (la empresa FLO-cert). En este contexto, la certificación conlleva la posibilidad para todos los productos que son certificados, de emplear la marca figurativa “Fairtrade”, cuyo titular es la asociación internacional “Fairtrade Labelling Organizations International” (de la que Max Havelaar es miembro) y el nombre “Max Havelaar”; signos que distinguirán a los productos certificados de la competencia y guiarán -o por lo menos eso se espera- la elección de los consumidores.
El costo de los controles está a cargo de los operadores que buscan la certificación. Esto no está exento de problemas en la medida en que el organismo de certificación puede imponer sanciones por la no conformidad con el referente. Por ejemplo, para las IGP estas sanciones pueden ir hasta la supresión de la habilitación. En este caso, el organismo certificador, que es prestatario de un servicio de control a cambio de una remuneración, perderá un cliente. Aunque la acreditación y la aprobación permiten garantizar la imparcialidad y la independencia del organismo de control, este modo de financiamiento puede generar algunas interrogantes.
Bibliografía sugerida: GRENARD, A. (1996), Normalisation, certification : quelques éléments de définition, Revue d’économie industrielle, Volume 75, p. 45.
CAMILLE COLLART DUTILLEUL
Véase también: – Agricultura orgánica – Bosque – Calidad de los productos – Comercio Justo – Control – Denominación de Origen Protegida – Especialidad tradicional garantizada – Indicación Geográfica Protegida – Marca.