Presentación
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Alimento
Etimológicamente, el término “alimento” viene del latín alimentum, derivado del verbo alere que significa alimentar. En Derecho, en el siglo XVII, la comida se definió como lo que es necesario a la alimentación, mantenimiento y alojamiento de una persona y por lo tanto corresponde a “pensión alimentaria”.
El concepto de alimento aparece sobre todo en la legislación europea sobre seguridad alimentaria en el sentido más amplio: el Reglamento nº 178/2002 de 28 de enero de 2002 establece, en particular, los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, y emplea así como sinónimos los términos “producto alimenticio” y “alimento”. En efecto, según el artículo 2 “se entenderá por «alimento» (o «producto alimenticio») cualquier sustancia o producto destinados a ser ingeridos por los seres humanos o con probabilidad razonable de serlo, tanto si han sido transformados entera o parcialmente como si no.”
Según esta definición, el agua y las bebidas se incluyen en la calificación de los alimentos; en cambio, están excluidos los animales vivos, las plantas antes de la cosecha, los medicamentos, los cosméticos, el tabaco y sus derivados, los estupefacientes y las sustancias psico-trópicas definidas por la Convención de las Naciones Unidas sobre Estupefacientes de 1961, así como los contaminantes.
Debe señalarse que el término “producto alimenticio” es sistemáticamente utilizado cuando un texto regula las condiciones de fabricación y/o comercialización de un producto destinado al consumo humano. En cambio, el término “alimento” es ampliamente utilizado en alimentos para animales o piensos. Por su parte, “piensos” se define como “cualquier sustancia o producto, incluidos los aditivos, destinado a la alimentación por vía oral de los animales, tanto si ha sido transformado entera o parcialmente como si no” (art. 3 del Reglamento nº 178/2002).
FLORENCE AUBRY-CAILLAUD
Véase también: – Adición de sustancias – Aditivos – Prohibiciones alimentarias.