A finales de 2018, el Mercosur (Mercosul) adoptó un nuevo reglamento sobre los aditivos que pueden ser utilizados en las carnes y en los productos cárnicos. Este reglamento fue adoptado mediante la resolución del Grupo de Mercado Común MERCOSUR/GMC/RES Nº 63/18 de 16 de diciembre de 2018.

El nuevo reglamento se aplica a la categoría de alimentos (nº 8.0), conformada por la carne y los productos cárnicos. Dentro de la denominación “productos cárnicos”, se incluyen: chacinados (frescos, secos o cocidos); salazón (cruda o cocida); conservas y semiconservas cárnicas y mixtas; así como otros productos cárnicos deshidratados.

En el reglamento se establecen disposiciones acerca de los aditivos alimentarios para todos esos alimentos, sus funciones y sus limites máximos autorizados.

Este instrumento que es de aplicación obligatoria en todos los Estados miembros del Mercosur, vendrá a sustituir al reglamento que desde 1997 rige la materia (Resolución GMC Nº 73/97 de 13 de diciembre de 1997). Lo anterior, a partir del 15 de junio de 2019, fecha en la que se estableció la entrada en vigencia de la nueva normativa.

El texto de la resolución y del reglamento (anexo a la resolución), puede ser consultado aquí.